Reforma judicial: Algunas precisiones desde el llano

Por Jeremías Del Rio

Frente al proyecto de “Reforma judicial”, como era de saberse, voces de distintos lugares del mapa argentino salieron a pronunciarse sobre la iniciativa. Desde este lugar, breve y concretamente, responderemos a algunas dudas (y criticas) que surgen del mismo.
En primer lugar, ¿Qué es esto que se pretende “Reformar”? Ante todo, y para desilusión de muchos, lo que se pretende “modificar” en el proyecto no es el sistema de justicia todo, sino, el fuero judicial federal, principalmente el penal. Se pretende ampliarlo y desconcentrarlo. Aunque no menor el asunto, no es “toda” la justicia la que será reformada. Punto a favor para la prudencia.
En segundo lugar, la reforma –como destacamos- propone modificar el fuero penal de la justicia federal. Esto incluye -entre otras cosas- desatar el nudo gordiano que se encuentra allí, fundamentalmente el habido en el domicilio de la calle Comodoro Py al 2002. Fabrica cuyas instalaciones, más que construir decisiones de justicia, parecerían dedicarse a la participación del debate político y la generación de escándalos; que deben preocuparnos, y no ser menores en nuestra escala valorativa. Estos últimos tiempos, la justicia penal federal (y principalmente, Comodoro Py) ha sido sinónimo de: jueces corruptos-inaptos para el ejercicio de la actividad judicial, fiscales extorsionadores, sujetos externos al poder judicial que definen “vida y libertad” de las personas, dilaciones indebidas en los tramites, espionaje ilegal de la “inteligencia” estatal y chantajes. Indicios de ese calibre, no pueden sernos ajenos y extraños.
En tercer lugar, nos detendremos en algunos de los juicios emitidos por quienes se muestran contrarios al proyecto, buscando responderlos desde la razón práctica. En tal inteligencia, se lo ha tildado de:
*Querer asegurar impunidad y disolver el poder de los jueces. Impunidad ¿Para quién? Las causas en trámite continuaran, nada desaparecerá. Quien cometió un delito, deberá pagar por su daño. Lo que sí, el trámite procesal, contendrá necesariamente el respeto de las garantías procesales que todo ciudadano merece ¿Disolver el poder de los jueces federales? Enhorabuena. Que no ostenten ni más ni menos que el que les asegura la Constitución Nacional y no –en palabras de Luiggi Ferrajoli- aquellos que pudieren proveer los “poderes salvajes”, ajenos al imperium del Estado. Todo dentro de la Constitución, nada fuera de ella.
*Colonización del fuero penal. Poco cabe decir en cuanto a que los concursos a efectos de cubrir las vacantes de jueces, se pretenderán transparentes y abiertos. No es menor. Recordar que, en Argentina, gran cantidad de jueces en función, ni siquiera han realizado exámenes y selecciones por mérito para ocupar las magistraturas que detentan. La idea es que nos juzgue el más apto para la función, y no el más apto para la rosca o el amigo “de”. Tampoco conmueve el argumento que recae sobre la “comisión asesora” de reforma judicial (general), que posee doctrinarios y juristas de diversos y diferentes criterios y posiciones. Basta con chequear sus CV para ver el variopinto “ideológico”.
*No respetar prioridades de la crisis sanitaria. Utilizamos esta frase aquí a modo de conglobamiento de todos los juicios expelidos y ajenos al hecho en sí mismo del funcionamiento de la justicia. El estado debe encarar muchas cosas al mismo tiempo. Siempre. Por eso es el Estado. Pensar en tales dualidades como condicionantes una de la otra, nos involucra en silogismos de falsa oposición. Nos confunden, nos desorientan, y nos confrontan. No es “A” o “B”, sino “A y B”, y “C”, y “D”. Estos discursos sofistas demodés, promueven el quietismo y el statu quo; verdaderos inaceptables en estos tiempos actuales, que justamente, demandan acción. Reformemos la justicia, atendamos la crisis, resolvamos la deuda soberana, etc. Todo esto, de la mano, sin contraponerse. Para eso, está el Estado. Y no se trastornan prioridades. Estas seguirán en el mismo lugar de siempre.
*Un costo innecesario. Si de costo se habla, la justicia no lo es. Pensemos ¿Cuánto “cuesta” una decisión judicial arbitraria, una privación ilegítima de la libertad, un juicio injusto durante años? De hecho, para comprender, imagine el lector: ¿Y si fuera usted el perseguido, espiado, calumniado, y encarcelado, en el marco de un juicio de estas características, durante años y años? Quizá la cosa, cambiaria…

Estas críticas, de clara intención polemista, pero de poca propuesta concreta, terminan siendo un conjunto de juicios prematuros, abstractos y voluntaristamente cismáticos.

Por último, tres conclusiones: Uno. Es necesario controlar la información que circula, y detenernos a observar, prudentemente, de que se tratan las cosas, antes de formular juicios “al aire”; cuáles son sus fundamentos y a que necesidades responde. Es, ni más ni menos, que nuestro deber ciudadano. No compremos todo lo que nos venden. Así, seremos verdaderamente libres.
Dos. La concentración de poder en el fuero penal federal (principalmente, en Comodoro Py), tal y como existe hoy, favorece a estos esquemas de potencial tergiversación y desvirtuación de la actividad judicial. Por lo que ampliar, dinamizar y desconcentrar el ejercicio del juzgamiento penal, allí, parece ser una buena idea para empezar. Acaso ¿No es sabido desde siempre, que los pocos que acumulan mucho, a la larga (o a la corta), terminan siendo un problema para el correcto funcionamiento de las cosas?
Tres. Que cada uno haga lo que tiene que hacer (políticos, política – jueces, impartir justicia), libre, sin restricciones ni presiones, más que aquellas que impone razonablemente la ley. Y la moral: esta última, regla primera de todo orden social justo.

Por Jeremías Del Río – Abogado. Especialista en Justicia Constitucional (Universidad de Castilla-La Mancha). Especialista en Derecho Procesal Profundizado (Universidad Notarial Argentina)

Redaccion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver arriba