Diputados aprobó el proyecto que reduce las tarifas de gas en zonas de baja temperatura

La Cámara de Diputados aprobó la noche del miércoles en una sesión especial del proyecto de ley denominado «Zonas Frias», que reduce tarifas de gas en determinadas zonas del país en las que se registran bajas temperaturas, lo que beneficiará a alrededor de cuatro millones de usuarios que pertenecen a los sectores más vulnerables de esas regiones.

Tandil, después de varios años peleando para obtener el beneficio, se verá alcanzada por la medida como así también 55 localidades de la Provincia de Buenos Aires, como así también varias localidades de Córdoba, Sur de Santa Fe, Mendoza, San Luis, San Juan y Salta.

La votación de la iniciativa presentada por el titular de la bancada del Frente de Todos, Máximo Kirchner, obtuvo 190 votos afirmativos, 16 negativos y 43 abstenciones y ahora deberá pasar al Senado para ser sancionada como ley.

Los detalles del proyecto

• Los residentes de esas zonas que registran temperaturas muy bajas durante el invierno tendrán una disminución de entre 30% y 50% en las facturas de gas, de acuerdo a la situación económica de cada sector, según uno de los artículos de la iniciativa.

• Reducirá en las zonas comprendidas las tarifas de gas en alrededor de 50 por ciento a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, de pensiones no contributivas y jubilados -hasta 4 salarios mínimos-, del monotributo social, usuarios que perciben seguro de desempleo y empleados de casas particulares.

•También podrán tener este beneficio quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

•Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.

Localidades alcanzadas

Así, zonas de Córdoba, de San Luis y del sur de Santa Fe se sumarían a los departamentos o partidos de las provincias de Buenos Aires, Mendoza, San Juan, Salta y San Luis contemplados en el texto original.

Allí constaba que se aplicaría originalmente en la provincia de Mendoza; en los departamentos sanjuaninos de Jáchal, Sarmiento, Ullum, Zonda, Calingasta, Iglesia, Albardón, Capital, Chimbas, 9 de Julio, Pocito, Rawson, Rivadavia, Santa Lucía, San Martín, 25 de Mayo, Angaco y Caucete.

En los departamentos salteños de Cachi, Cafayate, La Paloma, Los Andes, Rosario de Lerma, San Carlos; la Región conocida como la «Puna» y en el Departamento General Pedernera, en San Luís.

También en los municipios bonaerenses del Partido de La Costa, Pinamar, Villa Gesell, Mar Chiquita, General Pueyrredón, General Alvarado, Lobería, Necochea, Tres Arroyos, San Cayetano, Coronel Dorrego, Monte Hermoso, Coronel Rosales, Bahía Blanca, Villarino, Patagones, Tandil, Olavarría, Azul, General La Madrid y Coronel Suárez.

También en Saavedra, Tornquist, Coronel Pringles, Laprida, Benito Juárez, Gonzales Chaves, General Juan de Madariaga, General Lavalle, Ayacucho, Rauch, Pellegrini, Salliqueló, Guaminí, Tres Lomas, Daireaux, Balcarce, Puán, Adolfo Alsina, Tapalqué, General Guido, Castelli, Dolores, Maipú, Tordillo, Hipólito Yrigoyen, Carlos Tejedor, Bolívar, Pehuajó, Trenque Lauquen, General Alvear, Rivadavia, General Villegas y Carlos Casares.

Redaccion

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