La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión que había adoptado en primera instancia el juez Enrique Lavié Pico, por la que suspendió los artículos de la Ley de Medios que aseguran el acceso gratuito a eventos futbolísticos relevantes.
El caso se originó a raíz de carta documento de un canal de Misiones enviada a FOX y Turner exigiendo poder transmitir los partidos, ya que la ley los amparaba. Luego, Imagen Satelital, la razón social bajo la que opera Turner pidió una medida cautelar para que suspenda la normativa, a la que la justicia hizo lugar.
El juez, en primera instancia, hizo referencia a lo establecido en las normas involucradas en la cuestión y resaltó que en abril de 2017, las empresas actoras (FSLA Holdings LLC e Imagen Satelital S.A.) efectuaron una oferta vinculante a la AFA y a la Superliga, que fue aceptada por ambas instituciones, en virtud de la cual adquirieron los derechos de comercialización, transmisión y exhibición de todos los partidos de los torneos de Primera División del fútbol argentino a cambio de una contraprestación.
Se recordó también que la AFA había cedido al Estado Nacional los derechos de explotación de cada uno de los torneos del fútbol argentino y dicho contrato, suscripto el 20 de agosto de 2009, fue rescindido entre las partes: la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y la AFA, en febrero de 2017.
Sin dudas, esto representa un gran aliciente para las empresas que manejan la televisación del fútbol, ya que se confirma que el contrato por los derechos no incumple con la ley.