Hoy se definirá la terna para la elección final del Defensor del Pueblo de Tandil

La elección de la terna para el Defensor del Pueblo de Tandil será a las 18.30 de este viernes. La reunión de la comisión de pre designación tendrá lugar en la oficina de presidencia del Concejo Deliberante.

El procedimiento está explicado en el decreto 3449: Toda votación, ya sea sobre impugnaciones realizadas o sobre la elección de los candidatos que forman la terna, será nominal y dará derecho a voto, el que será a viva voz.

Sobre la lista definitiva de precandidatos, en una primer ronda de votación se elegirán un 50% de precandidatos, debiendo ser un número entero par, cuando ello no fuere posible se deberá elevar el número de candidatos al número par entero inmediato superior. Se seguirá sucesivamente este procedimiento tantas veces como hagan falta hasta llegar al mínimo posible y que permita elaborar la terna definitiva. Por caso: Sobre un total de 17 candidatos que forman la lista definitiva, en una primera ronda de votación quedaran 10 precandidatos. Es decir, que ya se redujo a la mitad el número de preseleccionados.

Se repite el sistema, y sobre una lista definitiva de 6 precandidatos finalmente se votarán aquellos que conforman la terna. Una vez conformada se remitirá a Presidencia del H.C.D. junto con los respectivos expedientes personales sin orden de preferencia alguna.

Recibida la terna por el Honorable Concejo Deliberante, en sesión especial convocada en un plazo no mayor a treinta (30) días, éste elegirá por el voto de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros a uno de los candidatos propuestos por la “Comisión de pre designación”, dejando expresamente aclarado que la votación será nominal.

Si ninguno de los candidatos propuestos obtuviere la mayoría requerida para su designación, el Honorable Concejo Deliberante convocará a una nueva sesión especial dentro de los quince (15) días, a los fines de realizar nueva votación con los dos (2) candidatos que hubieren obtenido mayoría de votos.

Esta sesión especial requerirá de la misma mayoría que la prevista en el artículo anterior para la elección del Defensor del Pueblo. En este supuesto, se prorrogará automáticamente el mandato del Defensor del Pueblo en ejercicio hasta la designación de su sucesor.

Redaccion

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