El dinero del Fondo que garantiza el pago de las jubilaciones será utilizado para otorgar préstamos a empresas privadas

El megadecreto 27/2018 que firmo el Presidente de la Nación, Mauricio Macri, habilitó a la Anses para que efectúe préstamos y financiamientos a empresas privadas como si se tratara de una entidad financiera tradicional. El artículo 154 autoriza al FGS (Fondo de Garantía de Sustentabilidad) de la Administración Nacional de la Seguridad Social a que se hagan operaciones financieras tradicionales al margen del fin social y solidario que es el espíritu del Fondo que garantiza el pago de las jubilaciones y pensiones ante eventuales situaciones de crisis económica.

El FGS dispone de unos u$s 65.000 millones – 1,3 billones de pesos – y tiene como objetivo central ser un fondo contracíclico que permita hacer frente a los aumentos y el pago de las jubilaciones, pensiones y asignaciones sociales que mensualmente abona la Administración de la Seguridad Social.
Los considerandos del Decreto 27/2018 en su capítulo XVI da cuenta de las limitaciones que establece la ley para llevar adelante el procedimiento que el Gobierno Nacional quiere imponer con la presentación de dicho decreto.
«El inciso a) del artículo 5° de la Ley de Administración de los Recursos Públicos N° 25.152, modificado por el artículo 48 de la Ley N° 25.565, establece que: “Toda creación de organismo descentralizado, empresa pública de cualquier naturaleza y Fondo Fiduciario integrado total o parcialmente con bienes y/o fondos del ESTADO NACIONAL, requerirá del dictado de una Ley” y a continuación agrega «que dicha limitación atenta contra la operatoria natural que debería poder realizar el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), sin que aquella signifique una mejora en términos de eficiencia, rentabilidad y calidad de la gestión de dichos activos».

El Artículo 154 del megadecreto autoriza «a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en su carácter de Administrador del FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO, a constituir y/o estructurar fideicomisos, financieros o no, alquilar o prestar títulos y acciones y, en general, a realizar toda otra operación propia de los mercados financieros y bursátiles permitidas por las autoridades regulatorias».

 

 

Marcos Aguilera

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