Medida de alcance colectivo y nacional: ordenan restablecer todas las pensiones por discapacidad

La Justicia le ordenó al Gobierno restablecer todas las pensiones por incapacidad que fueron dadas de baja y que afectaron a más de 170 mil discapacitados. La medida cautelar dictada por la jueza titular del juzgado federal de la seguridad social Nº8, Adriana Cammarata, alcanza a todo el territorio nacional, por lo que deberán ser repuestas las pensiones de todo el país. Es la primera medida de carácter colectivo y alcance nacional.

Luego del drástico recorte de pensiones que comenzó en los últimos años, pero que tuvo su pico en marzo pasado, cuando el ministerio de Desarrollo Social, que conduce Carolina Stanley, dio de baja unas 170.000 pensiones por supuesto “incumplimiento” de los requisitos y sin una revisación exhaustiva de cada caso particular, ahora la Justicia falló a favor de un amparo presentado por la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI).

La medida cautelar le ordenó «en forma inmediata» que el Ministerio de Desarrollo Social «restablezca el pago de las prestaciones no contributivas por incapacidad otorgadas a las personas con discapacidad residentes en todo el territorio de la República Argentina que fueron dadas de baja o suspendidas sin mediar resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso». Según detalla la jueza, el debido proceso incluye «el derecho a ser oído, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión fundada». La magistrada también inició una causa federal colectiva para agrupar todos los reclamos individuales en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia. Esto evitaría que los afectados tengan que litigar cada uno por su cuenta y que haya resoluciones con distintos criterios en diferentes jurisdicciones.

“Tienen que devolverlas todas”, festejó Varina Suleiman, abogada de la REDI, al conocer la medida cautelar. “Fue tan burdo el accionar del Gobierno que incluso en el marco de la causa reconocieron que no había acto administrativo, que habían dado de baja las pensiones por un entrecruzamiento de datos y nada más. El acto administrativo es la garantía que tenemos los ciudadanos, el Gobierno no puede actuar de hecho”, explicó la abogada.

Suleiman remarcó que lo importante de este fallo es que cualquier afectado que no haya logrado la restitución de la pensión se puede presentar bajo esta causa y el Gobierno debe otorgarla nuevamente. “No respetaron la autonomía de las personas, aplicaron requisito viejos a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Si identificaban que tenían un pariente con un ingreso o un auto las cortaban, así sin más”, sostuvo la abogada.

Fuente: Página12

Redaccion

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver arriba