Iparraguirre presento proyectó para limitar trámites a quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios

El proyecto presentado por el Bloque Pj-FPV tomo estado legislativo en la sesión que se realizó este jueves en el Concejo Deliberante. En el año 2003 se sanciono la Ley Provincial 13.074 que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires e incorpora algunos límites a ciertos actos administrativos para quienes lo integren.

Una de las líneas de trabajo que lleva adelante el Concejal Rogelio Iparraguirre desde el Bloque FPV-PJ, está vinculada a temáticas con perspectiva de género y familia. Este proyecto presentado busca dotar de herramientas al Estado Municipal para tratar de disminuir este tipo de conductas evasivas, contribuyendo a lograr una mejor calidad de vida de aquellos niñas/niños que en cierta medida son desamparados por alguno de sus progenitores.

La ley provincial especifica cuales son aquellos progenitores que figuran en el Registro de Deudores Morosos, y refiere a “todos aquellos obligados al pago de cuota alimentaria cuya obligación conste en sentencia firme o convenio debidamente homologado que incumpliera con el pago de tres veces continuadas o cinco alternadas una vez intimado y si no hubiere podido demostrar su cumplimiento deberá ser inscripto inmediatamente por orden judicial y a solicitud de parte mediante oficio al Registro”.

El proyecto de Ordenanza que presentó Iparraguirre busca que el Estado Municipal, a través del Área que corresponda, no de curso favorable para quienes integren el Registro de Deudores Morosos Alimentarios del Ministerio de Justicia de la Provincia, en los siguientes tramites: Solicitudes de Habilitaciones comerciales/Industriales, de Licencias de Conducir y/o renovación, Concesiones, Permisos y/o Licitaciones,  como también la inhabilitación para ocupar cargos públicos electivos y de planta política en la órbita del Municipio de Tandil.

Consultado sobre este proyecto, el Concejal Iparraguirre manifestó que “venimos trabajando en estos temas, y pensando que el Estado Municipal debe realizar todas las acciones que estén a su alcance para el cumplimiento de la obligación de prestar alimentos que establece la Legislación vigente y la Justicia. Esta imposibilidad redundaría en que numerosos madres/padres, que figuren en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios, regularicen su situación y se posibilite una mejora de la calidad de vida de los niños y niñas que hoy no perciben su cuota alimentaria”.

Respecto a cómo sería su implementación, el edil del FPV-PJ, comento que “el Registro de Deudores Morosos Alimentarios depende del Ministerio de Justicia de la Provincia, es una base de datos que esta informatizada y sólo se incluyen en dicho registro as aquellos deudores alimentarios con sentencia firme o que con un convenio homologado hayan incumplido por tres meses consecutivos, por lo que el Municipio solo debe pedir sus respectivas claves de acceso. Es interesante destacar también que ya hay varios Municipios de nuestra Provincia que han sancionado ordenanzas similares y lo están implementando efectivamente. Buscamos entonces que nuestro Municipio incorpore esta condición para seguir trabajando en favor de nuestros niños, y especialmente a aquellos que se encuentran en este tipo de situaciones.”

Redaccion

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